El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones fiscales por donaciones a ONG.
Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente. Los nuevos porcentajes de deducción aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo.
Los cambios en los porcentajes de deducción se aplican a las donaciones realizadas por personas físicas. Son los siguientes:
Hasta 150 euros
Deducción del 80% del importe donado
A partir de 150 euros
Deducción del 35% del importe donado
A partir de 150 euros
Deducción del 40% si son donaciones periódicas realizadas al menos durante 3 años a la misma entidad.
Aquí podéis ver un cuadro explicativo con todas las deducciones. Vía Fundación Lealtad.
La AEA está declarada Entidad de Utilidad Pública, por lo que tus donativos entrarían dentro de estas deducciones.
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