AYUDAS TÉCNICAS A.E.A. 2017

BASES CONVOCATORIA DE AYUDAS TÉCNICAS Y TERAPIAS PARA PERSONAS CON ANIRIDIA – CONVOCATORIA 2017

La Asociación Española de Aniridia (AEA) lanza la Convocatoria de Ayudas Técnicas y Terapias para personas con Aniridia, destinada a dotar de los recursos a aquellas personas con Aniridia, que cumplan los requisitos que se han consensuado desde la entidad. Las personas con Aniridia, requieren la aplicación de productos y técnicas sanitarias, así como servicios rehabilitación complementarios, apoyo psicológico, desplazamientos y ayudas técnicas y materiales, que quedan fuera del sistema sanitario o cuya cobertura por la Seguridad Social no responde a la urgencia y necesidad con la que pueden llegar a encontrarse muchas familias.

IMPORTE DEL FONDO

  • La Asociación Española de Aniridia pone en marcha la Convocatoria de Ayudas Técnica y Terapias para Personas con Aniridia, cuyo fondo estará dotado de un total 2.000€.

OBJETIVOS DE LA CONCESIÓN DE CONVOCATORIA:

Las bonificaciones económicas serán destinadas para la adquisición de ayudas técnicas y/o contratación de determinadas terapias y cuyos beneficiarios serán aquellas personas con Aniridia que cumplan los requisitos que se han consensuado desde la entidad y se relacionan a continuación.

1.- REQUISITOS PARA OPTAR A LA AYUDA:

  • Ser socio de facto.
  • Estar al corriente de la cuota.

La Asociación Española de Aniridia tiene la potestad de valorar las solicitudes recibidas en el plazo establecido atendiendo al siguiente baremo:

  • Socios de facto con Síndrome WARG:             4 puntos.
  • Menores de quince años:             3 puntos.
  • Menores de treinta años:              2 puntos.
  • Por encima de treinta años:             1 puntos.

 ECONÓMICOS:

  • Si los ingresos anuales superan los 40.000 €: 0 puntos.
  • Si los ingresos percibidos se encuentran entre 30.000 y 40.000€: 1 puntos.
  • Si los ingresos están entre 20.000 y 30.000€: 2 puntos.
  • Si los ingresos están entre 10.000 y 20.000€: 3 puntos.
  • Si los ingresos están por debajo de 10.000€: 4 puntos.

SOCIO-ECONÓMICOS:

  • Si en el núcleo familiar existen tres socios de facto y están al día de las obligaciones como socio de la AEA:                        3 puntos.
  • Si en el núcleo familiar son dos los socios que abonan cuota: 2 puntos.
  • Si únicamente es un socio el que abona cuota: 1 puntos.
  • Se concederá un punto por cada socio colaborador que abone cuota en el núcleo familiar y se encuentre al día de pago, hasta un máximo de cuatro puntos.

El máximo de puntos que se pueden obtener es de 18.

BONIFICACIONES

Se concederá una bonificación del 50% de las facturas entregadas, cuyo importe total y/o acumulativo no supere los 500€ (quinientos euros).  En aquellos casos familiares en que convivan más de un socio de facto y se encuentre al día, en el pago de la cuota de filiación, la bonificación aumentará un 20% por cada afectado que sumen, es decir, si en la familia se abona una cuota la cuantía de la bonificación será el 50%, si son dos cuotas  por socio de facto será el 70% y si fueran tres, del 90%.

2.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA

Todas las solicitudes se baremarán en el periodo destinado a tal efecto, y se concederán las bonificaciones, hasta que se llegue a la totalidad destinada en dicha convocatoria.

El criterio de concesión, por lo tanto, no está sujeto a la entrada cronológica de las solicitudes, sino, estrictamente al cumplimiento de los requisitos y a la acumulación de puntos según su valoración objetiva.

DOCUMENTACIÓN

Boletín de solicitud. Con un texto en el que se diga:

Pdf_icono

 

Ficha_solicitud_2017

 

 

La/s factura/s se extenderán a nombre del socio de facto y beneficiario directo del producto o terapia adquirida/contratada.

  • Deben estar fechadas entre el 1 de enero y el 24 de noviembre de 2017. Y en la misma se hará constar, específicamente el producto o terapia que se está adquiriendo/contratando.
  • Certificado de ingresos expedido por la Seguridad Social, IRPF del ejercicio 2016.

3.- CONCEPTOS QUE SERÁN SUSCEPTIBLES DE SER IMPUTABLES A ESTA AYUDA.

Ayudas técnicas visuales, gafas-lupa, gafas-telescopio, telescopios, monturas o lentes graduadas con y sin filtros solares, lupas electrónicas o analógicas, relojes parlantes, tele-lupa, atriles de pie o mesa, mesas con panel abatible, prótesis oculares, terapias profesionales como: psicólogo, logopeda, atención y estimulación tempranas.

Las facturas correspondientes a los conceptos anteriores, tendrán que estar firmadas y selladas debidamente por el proveedor.

  • La Asociación tendrá la potestad de solicitar la documentación original, a efectos de cotejarla, devolviendo la documentación original una vez finalizado el proceso de selección de candidatos.
  • La documentación, en primera instancia, se requerirá a través de correo electrónico.

4.- PERIODO DE SOLICITUD, CONCESIÓN Y ABONO.

Esta ayuda se puede solicitar hasta el día 30 de noviembre de 2017.

Las candidaturas se valorarán en el plazo de diez días naturales a partir del 30 de noviembre.

Se comunicará el resultado de las correspondientes concesiones antes del día 15 de diciembre.

El pago se hará efectivo antes del 23 de diciembre del año en curso.

La A.E.A. se pondrá en contacto directo con los seleccionados. Para cualquier duda, poneos en contacto con nosotras en cualquier momento que estaremos encantadas de atenderos.

¡Hasta pronto!

La A.E.A.

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